jueves, abril 2, 2026
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    Qué cambia en la hostelería con aplicación de la Ley de Desperdicio Alimentario

    Activan una plataforma digital para ayudar a bares, restaurantes y otros negocios del sector a adaptarse a la normativa.

    La hostelería española afronta una nueva fase en la aplicación de la Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. A partir del 2 de abril de 2026, las medidas obligatorias de esta norma serán exigibles para todos los agentes de la cadena alimentaria, en un paso más hacia un modelo que busca reducir el desperdicio, aprovechar mejor los alimentos y fomentar prácticas más sostenibles.

    La ley persigue un uso más eficiente de los recursos alimentarios, impulsa la recuperación y reutilización de subproductos y refuerza también la donación de alimentos, con la vista puesta tanto en la sostenibilidad como en la atención a las personas más vulnerables.

    Con este nuevo marco, Hostelería de España ha puesto en marcha la web Hostelería Circular, una ventanilla digital dirigida a facilitar al sector el cumplimiento de la normativa. La organización recuerda que la hostelería está integrada por más de 300.000 empresas y que muchas de ellas necesitan herramientas claras y accesibles para adaptarse a las nuevas obligaciones.

    La plataforma reúne información práctica y documentación útil para aplicar la ley en los establecimientos. Entre sus contenidos se incluyen explicaciones sobre la jerarquía de prioridades que marca la norma, una guía práctica de prevención, modelos de convenio de donación y un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

    Excepciones de la Ley de Desperdicio Alimentario en hostelería

    No obstante, la ley contempla algunas excepciones. En el caso del plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, así como en los acuerdos de colaboración con entidades de iniciativa social, organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos, quedan excluidas las actividades de distribución alimentaria desarrolladas en establecimientos con una superficie útil de exposición y venta al público igual o inferior a 1.300 metros cuadrados.

    Para ayudar a cada empresa a identificar qué obligaciones le corresponden, Hostelería de España ofrece a través de esta web un sistema que permite obtener la información necesaria e incluso la certificación mediante tres sencillos pasos, entre ellos una declaración responsable del establecimiento.

    Más allá de esta nueva fecha clave, la ley ya introdujo medidas concretas para la hostelería desde su entrada en vigor en enero de 2025. Desde entonces, los establecimientos están obligados a ofrecer al cliente la posibilidad de llevarse la comida sobrante sin coste adicional, salvo en el caso de envases de plástico. Esta exigencia no se aplica a bufés libres o formatos similares, donde la disponibilidad de comida no está limitada.

    Además, los negocios deben informar de esta posibilidad de forma clara y visible dentro del local, preferentemente en la carta o en el menú. Para ello, la propia plataforma permite descargar la cartelería necesaria, con el objetivo de facilitar también ese cumplimiento en el punto de venta.


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